Consejo de Estado reconoce como partido político al movimiento de Abelardo De La Espriella

Consejo de Estado reconoce como partido político al movimiento de Abelardo De La Espriella

El movimiento Defensores de la Patria, liderado por el presidente electo Abelardo De La Espriella, obtuvo este lunes el reconocimiento de su personería jurídica por parte del Consejo de Estado, decisión que le permitirá actuar oficialmente como partido político y participar en las próximas elecciones con candidatos propios.

Con este reconocimiento, la colectividad podrá acceder a la financiación estatal, espacios institucionales para divulgación política y ejercer los derechos que la ley otorga a los partidos con personería jurídica, entre ellos la participación en procesos electorales y las garantías para el ejercicio de la oposición.

La decisión del alto tribunal se sustentó en el respaldo obtenido por De La Espriella durante las elecciones presidenciales del pasado 21 de junio, en las que alcanzó 12.960.166 votos. Para el Consejo de Estado, esa votación constituye un apoyo ciudadano suficiente para conceder la personería jurídica, pese a que el movimiento no participó en las elecciones al Congreso, requisito que normalmente exige la Constitución.

En la resolución, la corporación recordó que existen precedentes en los que se reconoció la personería jurídica a movimientos políticos por el respaldo alcanzado en elecciones presidenciales, como ocurrió con Colombia Humana y la Liga de Gobernantes Anticorrupción, razón por la cual consideró que negar el mismo tratamiento a Defensores de la Patria representaría una decisión discriminatoria.

Mientras se realiza la primera Convención Nacional del partido, el Consejo de Estado designó de manera provisional a Camilo Andrés Noguera como director nacional de la colectividad. El dirigente tendrá diez días hábiles para informar oficialmente la conformación de los órganos de dirección del movimiento.

La decisión ya provocó las primeras reacciones políticas. Desde el Pacto Histórico anunciaron que demandarán el reconocimiento de la personería jurídica, al considerar que los precedentes utilizados por el Consejo de Estado corresponden a circunstancias distintas y no serían aplicables al movimiento del presidente electo.