Corte Suprema llama a juicio al senador Didier Lobo por contrato de alimentos en La Jagua
La Corte Suprema de Justicia acusó y llamó a juicio al senador Didier Lobo Chinchilla por presuntas irregularidades en un contrato que, cuando se desempeñaba como alcalde de La Jagua de Ibirico, Cesar, tenía como propósito suministrar alimentos a menores de edad en riesgo de desnutrición y madres gestantes y lactantes.
La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Instrucción, que vinculó al congresista de Cambio Radical con los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros, por hechos relacionados con un negocio jurídico suscrito en 2012 entre la administración municipal y la Unión Temporal Servicios Nutricionales Complementarios.
El contrato, identificado con el número 340, tenía un valor de $15.295 millones y contemplaba la entrega de paquetes alimentarios a población vulnerable. Dentro de la investigación, la Corte puso la lupa sobre la manera como fueron elaborados los estudios previos y, particularmente, sobre el cálculo de los precios de los productos incluidos en el contrato.
Uno de los puntos que más llamó la atención de los investigadores fue el supuesto estudio de mercado utilizado para establecer esos valores, pues algunos de los documentos que aparecían como soporte habrían sido expedidos después de la fecha que figuraba en dicho estudio, circunstancia que generó dudas sobre si la Alcaldía realmente contaba con una evaluación previa y confiable de los precios antes de contratar.
La Corte también revisó los valores proyectados para productos como harina, lenteja, fríjol rojo y avena en hojuelas. Según la información conocida del expediente, se habrían presentado incrementos del 29 %, 56 %, 1 % y 34 %, respectivamente, diferencias que, de acuerdo con la Sala, habrían contribuido a un posible sobrecosto de al menos $1.077 millones.
A esto se sumaron cuestionamientos relacionados con la caracterización de los beneficiarios y el alquiler de vehículos para realizar esa actividad. La investigación señala que el municipio no habría identificado previamente a la población que recibiría las ayudas y trasladó esa labor al contratista, incluyendo costos cuya justificación habría sido insuficiente durante la etapa de planeación.
Otro de los elementos analizados fue la diferencia entre el valor de las materias primas proyectado por la Alcaldía y el reportado posteriormente por la Unión Temporal. Mientras el municipio habría calculado ese componente en $10.629 millones, el contratista reportó $7.889 millones, una diferencia superior a $2.444 millones que para los investigadores constituye otro indicio sobre posibles inconsistencias en los precios inicialmente establecidos.
La hipótesis de la Corte no señala que Didier Lobo se hubiera apropiado directamente de los recursos públicos. La acusación apunta a que las presuntas irregularidades en la planeación y ejecución del contrato pudieron favorecer económicamente a terceros vinculados con el contratista, incluyendo posibles pagos por servicios reportados con valores elevados o cuya prestación en las condiciones pactadas no estaría plenamente acreditada.
La Sala Especial de Instrucción consideró además que Lobo tuvo una participación relevante en el proceso contractual, teniendo en cuenta que para entonces era el alcalde y ordenador del gasto, además de haber firmado documentos relacionados con los pagos. Según la providencia, las maniobras investigadas pudieron generar una apropiación de por lo menos $2.018 millones, aunque la responsabilidad concreta del senador deberá establecerse durante el juicio.
El caso ya tenía un antecedente disciplinario. En 2020, la Procuraduría General de la Nación sancionó a Lobo con seis meses de suspensión por irregularidades relacionadas con la contratación de paquetes nutricionales para niños, madres gestantes y lactantes de La Jagua de Ibirico, actuación en la que el Ministerio Público habló de presuntos sobrecostos por $3.919 millones.
Didier Lobo ha negado las irregularidades y ha sostenido que no existieron los sobrecostos señalados, además de afirmar que la Contraloría General de la República lo había absuelto de responsabilidad fiscal. También ha manifestado que desconocía las inconsistencias atribuidas al estudio de mercado.
Con la acusación de la Sala Especial de Instrucción, el proceso entra en una nueva etapa. La decisión puede ser objeto de recurso de reposición y, una vez quede en firme, el expediente pasará a la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema, donde se adelantará el juicio y se determinará si existe o no responsabilidad penal del senador.
